Hola Ana!
Hemos movido tu consulta a la sección de DOCUMENTOS PARA EXTRANJEROS >> MATRIMONIO CON BRASILEÑONo perderás tu visado permanente por divorciarte, ya que el estatuto del extranjero no contempla nada de esto entre los motivos posibles para perder la permanencia.
Art. 49. El extranjero tendrá en registro cancelado:
I - si obtuviese la naturalización brasileña;
II - si tuviese decretada su expulsión;
III - si requiere la salida del territorio nacional en carácter definitivo, renunciando expresamente al derecho de retorno previsto en el artículo 51;
IV - si permanece fuera de Brasil por plazo superior al previsto en el artículo 51;
V - si ocurre la transformación de visado del que trata el artículo 42;
VI - si hubiese transgresión del artículo 18, artículo 37, § 2º, o del 99 al 101; y
VII - si temporario o asilado, al término del plazo de su estadía en territorio nacional.PÉRDIDA DE LA PERMANENCIA - RNE EN BRASIL POR DIVORCIO:
Debe registrarse para ver este enlace. Gracias por su visita.Alguien te ha comentado que podías perder tu permanencia por ese motivo?