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| Visado de trabajo temporal VITEM V - estancia http://amigosenbrasil.com/viewtopic.php?f=219&t=1912 |
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| Autor: | anafc [ Jue, 21 Nov 2013, 12:10 ] |
| Asunto: | Visado de trabajo temporal VITEM V - estancia |
Hola. Mi duda es la siguiente: desde el 8 de octubre mi pareja tiene visado temporal VITEM V que le permite trabajar legalmente 90 días, pero ¿esos 90 días tienen que ser consecutivos? Tenemos pensado pasar las navidades fuera de Brasil, salir el 14 de diciembre y volver el 7 de enero, ¿le quedarían a la vuelta 22 días de visado de trabajo? Gracias. |
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| Autor: | AMIGOSENBRASIL [ Jue, 21 Nov 2013, 12:21 ] |
| Asunto: | Re: Visado de trabajo temporal VITEM V - estancia |
El Visado ITEM V es un visado de trabajo que estará ligado a una empresa... entonces no entiendo muy bien: 1. Porqué sólo le permite 90 días? 2. Porqué preguntas si tienen que ser consecutivos? No va a trabajar todos los días? Que nosotros sepamos los visados de trabajo vencen en una fecha determinada... el tiempo permitido no se cuenta por días. |
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| Autor: | anafc [ Jue, 21 Nov 2013, 12:47 ] |
| Asunto: | Re: Visado de trabajo temporal VITEM V - estancia |
Noventa días es lo que pone en su visado del pasaporte. Imagino que son solo 90 porque en principio esa era la duración del proyecto, no se me ocurre otra causa. Lo de si tienen que ser consecutivos quería saberlo por lo que comentaba de irnos de vacaciones en navidades y luego volver. Sí trabaja todos los días, pero en navidades se coge vacaciones y esos 90 días no se habrían cumplido aún. |
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| Autor: | AMIGOSENBRASIL [ Jue, 21 Nov 2013, 13:03 ] |
| Asunto: | Re: Visado de trabajo temporal VITEM V - estancia |
Interesante pregunta.... O sea que la pregunta es si son 90 días desde la fecha de entrada o 90 días de estancia para realizar dicho trabajo. Que nosotros sepamos todos los visados cuentan a partir de la primera fecha de entrada en Brasil. (Fuente: Debe registrarse para ver este enlace. Gracias por su visita. ) En mi opinión deberías ir a preguntar directamente en la Policía Federal para confirmar y evitar problemas futuros. |
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| Autor: | romog [ Vie, 22 Nov 2013, 16:01 ] |
| Asunto: | Re: Visado de trabajo temporal VITEM V - estancia |
Buenas tardes. Siguiendo el hilo de la conversación, me ha llamado la atención la excepción que consta en lo que has señalado con un círculo rojo. Entonces, ¿sabes que requisitos o condiciones hay que cumplir para obtener los visados de turista de larga duración? Gracias y un saludo. |
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| Autor: | AMIGOSENBRASIL [ Vie, 22 Nov 2013, 16:15 ] |
| Asunto: | Re: Visado de trabajo temporal VITEM V - estancia |
Los españoles sólo puede estar de turismo 90 días por semestre. Creo que debe de haber una errata en la web pues nunca hemos escuchado nada de la existencia de un visado de turismo de larga duracion: VISADOS DE LARGA DURACIÓN (Estudios, Trabajo, Reagrupación Familiar) VISADOS DE CORTA DURACIÓN : (Estancias inferiores a 90 días) Saludos. |
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| Autor: | romog [ Vie, 22 Nov 2013, 20:52 ] |
| Asunto: | Re: Visado de trabajo temporal VITEM V - estancia |
De acuerdo. No obstante, estaremos pendientes por si hay alguna novedad sobre esto en los próximos meses. Gracias por tu pronta respuesta. :) |
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